La Gobernación del Tolima, a través de la Secretaría de Tránsito y Transporte, emitió las resoluciones 2416 del 11 de diciembre, 2419 del 12 de diciembre y 2421 del 13 de diciembre en las cuales modifica la medida de pico y placa en la vía que conduce de Murillo hacia Manizales; medida vigente en cumplimiento a una orden judicial provisional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.
De acuerdo con las resoluciones emitidas, la restricción vehicular aplicará en el horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. para los vehículos, motos, motocarros, motociclos, cuatrimotos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos. La medida continuará alternándose por placas pares e impares según el calendario estipulado en la orden judicial.
Diciembre 2024
Enero 2025
Febrero 2025
Marzo 2025
La Secretaría de Tránsito del Tolima informó que, para efectos de la implementación de la medida en motos, motocarros, motociclos, cuatrimotos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos, se tomará el último número que contenga la placa.
Asimismo, los horarios definidos buscan garantizar la protección ambiental y garantizar la movilidad en el corredor vial, atendiendo también a las directrices provisionales impartidas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en el marco de la acción de tutela en curso.
Además, de acuerdo con las resoluciones, estarán exceptuados de la restricción:
• Vehículos de Policía, Fuerzas Militares, organismos de seguridad.
• Vehículos de empresas de servicios públicos como acueducto, telefonía, energía, gas y recolectores de basura.
• Vehículos de transporte de alimentos y perecederos que no sean de carga pesada.
• Vehículos de atención médica, transporte de enfermos, ambulancias, Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja y Grúas.
• Vehículos de placa oficial y Diplomática.
• Vehículos de transporte público de pasajeros de operación nacional, municipal, veredal y escolar con capacidad hasta a 20 pasajeros.
• Vehículos tipos jeep o similares que prestan servicio de transporte turístico entre las cabeceras municipales y acceso al parque nacional de los nevados.
• Vehículos de servicio funerario, cortejo fúnebre, traslado de féretros de propiedad de las funerarias o agencias mortuorias.
• Maquinaria Amarilla solo en caso de emergencia o calamidad declarada por las autoridades.
• Los vehículos cuyos propietarios o locatarios residentes de la zona rural o urbana de los municipios de Murillo, Casabianca, Villahermosa y Herveo, porten el documento que dentro de la autonomía administrativa podrán emitir las correspondientes alcaldías de exoneración de la medida.
• Se exceptúan de la medida los días 25 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025.
• Vehículos procedentes de otras regiones y que se encuentren de tránsito por el corredor vial, condición que debe ser acreditada con la respectiva reserva de alojamiento emitida por un establecimiento comercial que oferte servicios de alojamiento ubicados dentro de los municipios de Murillo, Líbano, Casabianca, Villahermosa y Herveo.
La Gobernación del Tolima reafirma su compromiso con la sostenibilidad ambiental y el cumplimiento de la orden judicial, al mismo tiempo que asegura el respeto a los derechos de las comunidades, para ello, durante este fin de semana los agentes de la Secretaría de Tránsito del Departamento del Tolima harán presencia en este tramo vial, motivando el cumplimiento de la normatividad, promoviendo la movilidad efectiva y el no estacionamiento en los puntos de mayor atención; de igual manera la Gobernación del Tolima espera contar con presencia en el tramo vial con guías turísticos que permitan brindar orientación adecuada a los viajeros, no estacionamiento sobre la vía y el marco de protección especial sobre el sujeto de derechos.
Se invita a la ciudadanía a cumplir con las disposiciones y a mantenerse informados a través de los canales oficiales.